El Boletín Oficial de Cantabria publica la Ley de Creación del nuevo Colegio Profesional de Periodistas de Cantabria

01 Jul 2020
El Boletín Oficial de Cantabria publica la Ley de Creación del nuevo Colegio Profesional de Periodistas de Cantabria
Los graduados en Periodismo podrán adscribirse al Colegio Profesional de Periodistas de Cantabria

El Boletín Oficial de Cantabria ha publicado la Ley de Cantabria 4/2020, de 24 de mayo, por la que se crea el Colegio Profesional de Periodistas de Cantabria. La creación este nuevo colegio profesional ha sido impulsada por la Asociación de Periodistas de Cantabria por considerarlo necesario, tanto para la defensa de los intereses profesionales de los colegiados, como la protección de los intereses de la ciudadanía, como destinatarios de la actividad periodística.

El interés público que justifica la creación de este colegio se encuadra en la protección del derecho constitucional reconocido en el artículo 20 de la Constitución Española, en el que se dispone que todo ciudadano tiene derecho a comunicar y recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. Los ciudadanos, tendrán mayor protección al ejercer este derecho fundamental, si existen sistemas de autocontrol y organismos que garanticen el ejercicio de la profesión de forma digna. Además, las cláusulas de conciencia y secreto profesional, realzan la necesidad de una estructura colegiada en defensa de los derechos e intereses de los profesionales de la información.

En este marco se justifica la creación del Colegio Profesional de Periodistas de Cantabria, que aun siendo de adscripción voluntaria, contribuirá a la mejor defensa de la observancia de las reglas y código deontológico de la profesión y que redundará en un mejor servicio a los ciudadanos.

En el Colegio Profesional de Periodistas de Cantabria, podrán integrarse, tal y como especifica la Ley, quienes estén en posesión del título de Licenciado en Ciencias de la Información, Sección de Periodismo y/o Sección de Ciencias de la Imagen Visual y Auditiva, el  de Licenciado en Comunicación Audiovisual, el de Licenciado en Periodismo o los de Grado en Periodismo o Grado en Comunicación Audiovisual. También podrán hacerlo quienes dispongan de cualquier otro título equivalente debidamente homologado.

En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, la comisión gestora deberá aprobar unos estatutos provisionales del Colegio Profesional de Periodistas de Cantabria, en los que se regulará la forma de convocatoria y el funcionamiento de la asamblea constituyente del colegio. A ella deberán ser convocados quienes cumplan los requisitos para adquirir la condición de colegiado. Los estatutos definitivos del colegio, una vez aprobados, se remitirán a la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior en el plazo de un mes, para su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Cantabria y su posterior publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

La Universidad Europea del Atlántico imparte tanto el grado en Periodismo como el grado en Comunicación Audiovisual, habiéndose graduado ya dos promociones de ambas disciplinas y estando muy próxima la tercera. Naturalmente, los egresados que lo deseen podrán adscribirse a este nuevo Colegio Profesional.