El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la nueva Ley General de Comunicación Audiovisual, una vez introducidas las modificaciones señaladas por el Senado quedando ya en vigor el texto que procedía del Congreso de los Diputados, sin incluir ninguna de las enmiendas de los grupos proponentes. La tramitación se ha realizado a través del procedimiento de urgencia, y tras incluir algunas correcciones técnicas que no tienen la consideración de enmiendas.
Se trata de una de las acciones previstas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el componente “España, Hub audiovisual de Europa”, con la que se da cumplimiento al mandato europeo de transponer la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual (DSCA), que persigue dos objetivos fundamentales: preservar la diversidad cultural, lingüística y de genero de los países, y crear unas condiciones de competencia equitativas para los diferentes tipos de servicios de medios audiovisuales.
La mayoría de los cambios impuestos por la nueva Ley afectan solo a las plataformas con sede en España, como Filmin o Movistar +, pero no a otras plataformas internacionales como Netflix, HBO o Disney, que tienen su sede en otros países. La situación de la pandemia, unida a la dificultad de conjugar los intereses de plataformas, productores audiovisuales, televisiones tradicionales y otros entes afectados complicaron la tramitación parlamentaria de la norma, de modo que ha llegado con más de un año y medio de retraso con respecto a los plazos impuestos por la Unión Europea.
Alguna de las particularidades que regula la norma son las obligaciones de cuota, la financiación anticipada, el pluralismo lingüístico o la inversión en obras de productor independiente. Respecto a la cuota, mantiene el mínimo de horas de emisión de obra europea que se imponía a las televisiones tradicionales: un 51% del tiempo de emisión anual de su programación y al menos la mitad de este porcentaje deberán ser obras en lengua oficial del Estado o cooficiales de las comunidades autónomas. Por otro lado, se amplían las obligaciones de financiación de obra audiovisual europea para que alcancen también a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual con sede en otros Estados miembros y que dirigen sus servicios a España. Este es un cambio relevante, ya que conlleva el cumplimiento de esta obligación de financiación anticipada por parte de empresas como Netflix, HBO o Disney.
En cuanto al pluralismo lingüístico, la norma especifica que se destine obligatoriamente a contenido audiovisual en lenguas cooficiales una parte de esa financiación anticipada. El nuevo texto de la Ley General de Comunicación Audiovisual persigue fomentar la diversidad cultural y lingüística y las lenguas cooficiales en los servicios de comunicación audiovisual televisivos mediante programas de ayudas al subtitulado o doblaje de las obras audiovisuales en las lenguas cooficiales de España.
También se contempla un incremento en los porcentajes de inversión obligatoria en obra audiovisual europea de productor independiente, aspecto que despertó bastante controversia durante la tramitación, ya que la modificación permitirá que productoras ligadas a televisión y plataformas puedan ser consideradas independientes cuando no trabajen para sus empresas de cabecera.